«¿Ser padre es un derecho o un privilegio?»
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Una práctica legal en unos países, prohibida en otros
La gestación subrogada —también llamada gestación por sustitución, o más coloquialmente, vientre de alquiler— genera un intenso debate social y jurídico. ¿Es una vía legítima para quienes no pueden gestar, o una forma de mercantilizar la maternidad?
En términos básicos, la gestación subrogada consiste en que una mujer lleva el embarazo de un bebé que entregará a otras personas al nacer. Puede hacerse de forma altruista, recibiendo únicamente los gastos derivados del embarazo, o mediante compensación económica, lo que ya entra en el terreno de lo comercial.
La abogada Beatriz Huerga propone una clasificación clara:
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Según la compensación:
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Altruista: sin pago directo, solo reembolso de gastos.
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Comercial: con compensación económica pactada.
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Según la carga genética:
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Subrogación tradicional: la gestante aporta el óvulo (hay vínculo biológico).
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Subrogación gestacional: el embrión proviene de los padres de intención o donantes, y la gestante no tiene vínculo genético.
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¿Y en España?
En España, la gestación subrogada no es legal. Lo prohíbe el artículo 10 de la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, que establece que cualquier contrato de este tipo es “nulo de pleno derecho”.
No obstante, la realidad legal es más compleja. Si un menor nace en un país donde la gestación subrogada sí está regulada, puede ser inscrito en el Registro Civil español, siempre y cuando se respeten ciertos criterios jurídicos, especialmente el del interés superior del menor.
La jurisprudencia y los derechos del menor
El Tribunal Supremo español se pronunció sobre esta cuestión en 2014, en la sentencia 835/2013. El caso trataba de unos niños nacidos por gestación subrogada en California. El fallo estableció que:
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La filiación materna se determina por el parto (la madre es quien da a luz).
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El padre biológico puede reclamar la paternidad.
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Y sobre todo, que el interés del menor debe prevalecer por encima de todo.
Este principio se recoge también en normativas internacionales, como:
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La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.
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La Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
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El artículo 39 de la Constitución Española.
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Y la Ley de Protección Jurídica del Menor.
Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reforzado esta idea en sentencias clave, como en los casos Yousef vs. Países Bajos (2002) o Kearns vs. Francia (2008).
¿Una nueva forma de ser madre… o un dilema ético?
La historia de Ana Obregón ha reabierto el debate en España sobre la gestación subrogada. Para algunos, fue un acto de amor y de duelo. Para otros, una decisión polémica que plantea preguntas difíciles: ¿Debe legalizarse esta práctica en nuestro país? ¿Qué papel juega el dinero en estos procesos? ¿Qué derechos tiene la gestante? ¿Y el menor?
Lo cierto es que, más allá de los juicios personales o ideológicos, casos como este nos obligan a mirar de frente a una realidad cada vez más presente en un mundo globalizado. Un terreno donde la ética, la ciencia y el derecho caminan juntos, pero no siempre al mismo ritmo.
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Extra
- Miguel y Ricardo son una pareja que viajó a Colombia para ser padres a través de la gestación subrogada.
- Rocío, es una madre soltera que eligió la ovodonación porque quería ser madre a los 40 años.
- José Antonio nos cuenta cómo es el arduo proceso de adopción.
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